Declaración de renta 2024 para personas naturales

Qdoora
admin.qdoora
15 julio, 2024

La presentación de la declaración de renta inicia este 12 de agosto y se extiende hasta el 24 de octubre, dependiendo de los dos últimos dígitos del NIT (Número de Identificación Tributaria) del contribuyente. La declaración de renta es un trámite anual obligatorio para muchos ciudadanos, presentarla a tiempo y correctamente es crucial para evitar sanciones y mantener un historial fiscal actualizado.

En este artículo, exploraremos los topes para declarar, el calendario tributario, los documentos necesarios, las sanciones por presentar fuera de plazo y consejos para declarar.

¿Quiénes deben declarar renta este año?

Para determinar si debe presentar la declaración de renta, considere los siguientes topes establecidos por la DIAN (Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales) para el año 2023. Si usted cumplió con al menos uno de estos criterios, debe presentar su declaración:

  1. Patrimonio bruto: Si al 31 de diciembre de 2023 su patrimonio bruto supera los $190.854.000.
  2. Ingresos brutos: Si sus ingresos totales durante 2023 son iguales o superiores a $59.376.800.
  3. Consumos con tarjeta de crédito: Si sus consumos realizados con tarjeta de crédito en 2023 superan los $59.376.800.
  4. Compras y consumos: Si en 2023, sus compras y consumos son superiores a $59.376.800.
  5. Consignaciones bancarias: Si en 2023, sus consignaciones bancarias o depósitos en cuentas financieras son superiores a $59.376.800.

Calendario 2024

Últimos dígitos de tu NITFecha límite para declarar
01 y 0212 de agosto
03 y 0413 de agosto
05 y 0614 de agosto
07 y 0815 de agosto
09 y 1016 de agosto
11 y 1220 de agosto
13 y 1421 de agosto
15 y 1622 de agosto
17 y 1823 de agosto
19 y 2026 de agosto
21 y 2227 de agosto
23 y 2428 de agosto
25 y 2629 de agosto
27 y 282 de septiembre
29 y 303 de septiembre
31 y 324 de septiembre
33 y 345 de septiembre
35 y 366 de septiembre
37 y 389 de septiembre
39 y 40 41 y 42 43 y 44 45 y 46 47 y 48 49 y 50 51 y 52 53 y 54 55 y 56 57 y 58 59 y 60 61 y 62 63 y 64 65 y 66 67 y 68 69 y 70 71 y 72 73 y 74 75 y 76 77 y 78 79 y 80 81 y 82 83 y 84 85 y 86 87 y 88 89 y 90 91 y 92 93 y 94 95 y 96 97 y 98 99 y 0010 de septiembre 11 de septiembre 12 de septiembre 13 de septiembre 16 de septiembre 17 de septiembre 18 de septiembre 19 de septiembre 20 de septiembre 23 de septiembre 24 de septiembre 25 de septiembre 26 de septiembre 27 de septiembre 1 de octubre 2 de octubre 3 de octubre 4 de octubre 7 de octubre 8 de octubre 9 de octubre 10 de octubre 11 de octubre 15 de octubre 16 de octubre 17 de octubre 18 de octubre 21 de octubre 22 de octubre 23 de octubre 24 de octubre  
  

Sanciones por declarar fuera de plazo

Las personas naturales que están obligadas a declarar renta y lo hagan fuera de las fechas establecidas se enfrentarán a sanciones legales:

  • Si usted presenta su declaración de renta después de la fecha límite, deberá pagar una sanción por extemporaneidad. Esta sanción equivale al 5% de su impuesto a cargo y aumenta por cada mes o fracción de mes que pase entre la fecha límite de pago y la fecha en que se presente la declaración.
  • La sanción mínima por incumplimientos o errores con la DIAN es de $471.000. Esto significa que, incluso si declara un solo día tarde, tendrá que pagar este monto, aunque su declaración de renta resulte en un valor a pagar de cero.
  • Recibirá un aviso de advertencia, notificándole que tiene un mes para realizar el pago correspondiente al monto del impuesto. Si no cumple con este plazo, se añadirá un 10% adicional a su deuda, según lo establecido en el artículo 642 de la ley.
  • Si no declara impuestos sobre la renta, se aplicará una sanción del 20% basada en el valor de sus consignaciones bancarias o ingresos brutos. Esta sanción se calculará en función del periodo en el que no declaró impuestos o de los ingresos de su última declaración, según el artículo 643 de la ley.

Documentos necesarios

Antes de comenzar con su declaración de renta, asegúrese de tener a mano los siguientes documentos:

  • Certificados de ingresos y retenciones: Emitidos por sus empleadores y entidades financieras.
  • Certificados de aportes a fondos de pensiones
  • Certificados de intereses pagados por créditos: Como créditos hipotecarios.
  • Extractos bancarios: De todas sus cuentas y productos financieros.
  • Soportes de deducciones: Como pagos por salud, educación, dependientes económicos, entre otros.

Consejos para una declaración exitosa

  • Organice su información: Mantenga todos los documentos y soportes organizados para facilitar el proceso.
  • Asesórese: Si tiene dudas o situaciones fiscales complejas, es recomendable acudir a un contador o asesor tributario.
  • Utilice herramientas en línea: La DIAN ofrece herramientas y simuladores en su portal que pueden ayudarle a calcular su declaración.

Siguiendo esta guía, estará mejor preparado para presentar su declaración a tiempo. Esperamos que esta información haya sido útil y clara. Lo invitamos a que no se pierda ninguna noticia actual del mundo contable y empresarial, explorando nuestro sitio web.

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